Recurrir Multa
← Volver al blog 🏆 Recursos ganados

Caso real: alcoholemia archivada por un etilómetro sin calibrar

Caso real: alcoholemia archivada por un etilómetro sin calibrar

La multa

Pocos momentos en la vida de un conductor son tan tensos como un control de alcoholemia en el que el aparato da positivo. En este caso, un conductor fue sometido a una prueba de detección de alcohol en aliento en un control rutinario nocturno. El resultado de la prueba con el etilómetro evidencial arrojó una tasa de 0,56 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, por encima del límite de 0,50 mg/l establecido para conductores en general.

La consecuencia fue inmediata: propuesta de sanción por infracción muy grave, con una multa de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir, conforme al artículo 14 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico.

El conductor reconoció haber tomado algunas copas esa noche, pero dudaba de que la tasa fuera tan elevada. Más allá de esa percepción subjetiva, decidió revisar el procedimiento seguido durante el control antes de aceptar la sanción. Y encontró algo que cambió completamente el resultado.

El punto débil

Los etilómetros utilizados en los controles de tráfico no son simples aparatos de medición. Son instrumentos de medida sometidos a una regulación técnica muy precisa, recogida en la Orden ITC/3707/2006 del Ministerio de Industria, que establece los requisitos de homologación, verificación y uso de los etilómetros en España.

Uno de los pilares de esa regulación es la verificación periódica: cada etilómetro debe pasar un control técnico oficial, realizado por un organismo autorizado, con una periodicidad determinada. Ese control acredita que el aparato mide con precisión y dentro de los márgenes de error tolerados. Si el etilómetro no ha pasado la verificación dentro del plazo, o si el certificado correspondiente no consta en el expediente, los resultados que arroje pueden ser cuestionados.

Al solicitar el expediente completo, el conductor y su asesor jurídico revisaron la documentación del etilómetro utilizado. Encontraron que el certificado de última verificación periódica del aparato había caducado hacía varios meses en la fecha del control. El etilómetro seguía en uso, pero legalmente no podía acreditar que sus mediciones fueran fiables.

Además, se revisó el acta de la prueba y se comprobó que no se había seguido correctamente el protocolo establecido: el tiempo de espera entre la primera y la segunda medición no se ajustaba exactamente a los intervalos reglamentarios, y no constaba en el acta que se hubiera informado al conductor de su derecho a solicitar una prueba de contraste mediante análisis de sangre.

El argumento jurídico

La defensa se articuló sobre la base de que, si el instrumento de medida no está debidamente verificado, su resultado no puede tener valor probatorio suficiente para sustentar una sanción. Este principio está respaldado por una jurisprudencia consolidada de los tribunales contenciosos-administrativos españoles y del propio Tribunal Supremo.

La verificación periódica no es un requisito formal vacío de contenido: su finalidad es garantizar la fiabilidad de la medición. Si no se puede acreditar esa fiabilidad, no se puede afirmar con la certeza necesaria que el conductor superaba el límite legal. Y en derecho sancionador, la duda beneficia al imputado.

Los argumentos concretos del recurso fueron:

  • Nulidad del resultado de la prueba por uso de etilómetro con certificado de verificación periódica caducado, con cita expresa de la Orden ITC/3707/2006 y de resoluciones judiciales en el mismo sentido.
  • Defectos de procedimiento en la realización de la prueba: incumplimiento del protocolo de tiempos entre mediciones.
  • Vulneración del derecho a prueba de contraste: si el conductor no fue informado adecuadamente de su derecho a solicitar análisis de sangre, se generó indefensión.

Se solicitó expresamente que la Administración aportara la documentación técnica completa del etilómetro, incluyendo el número de serie, el modelo, el organismo verificador y la fecha de la última verificación válida. La Administración no pudo acreditar que el aparato estuviera en situación reglamentaria.

El resultado

El expediente fue archivado. La sanción de 1.000 euros no se impuso y los 6 puntos no se descontaron del saldo del conductor.

La resolución hizo hincapié en que, ante la imposibilidad de acreditar la fiabilidad del instrumento de medida utilizado, no existía prueba suficiente que permitiera tener por acreditada la infracción con la certeza que exige el derecho administrativo sancionador.

Es importante subrayar que este resultado no significa que el conductor no hubiera consumido alcohol. Significa que el procedimiento seguido para acreditar la tasa no cumplía los requisitos legales. Son cosas distintas, y el derecho las trata de manera diferente.

Este tipo de argumentación funciona cuando efectivamente existe el defecto técnico en la documentación del etilómetro. No es un recurso genérico aplicable a cualquier caso de alcoholemia: si el etilómetro tiene su verificación en regla y el procedimiento se siguió correctamente, las posibilidades de éxito se reducen de forma muy significativa.

Qué puedes aprender

Las pruebas de alcoholemia tienen una apariencia de objetividad tecnológica que lleva a muchos conductores a asumir que no hay nada que hacer. Pero esa objetividad depende de que el aparato esté en perfectas condiciones técnicas y de que el procedimiento se haya seguido escrupulosamente. Cuando alguno de esos elementos falla, el resultado de la prueba puede carecer de valor probatorio.

Si has sido sancionado por alcoholemia y quieres revisar si el expediente tiene puntos débiles, los aspectos clave a comprobar son:

  • ¿El expediente incluye el certificado de verificación periódica del etilómetro y está en vigor en la fecha del control?
  • ¿Se realizaron las dos mediciones con el intervalo reglamentario entre ellas?
  • ¿Se te informó de tu derecho a solicitar una prueba de contraste mediante análisis de sangre?
  • ¿El agente que realizó la prueba estaba habilitado para operar ese modelo de etilómetro?
  • ¿La diferencia entre las dos mediciones se encontraba dentro de los márgenes de tolerancia establecidos?

Cada caso de alcoholemia es diferente, y las posibilidades de recurso dependen de los detalles concretos de cada expediente. No se trata de encontrar excusas, sino de verificar que el procedimiento fue correcto.

¿Te han sancionado por alcoholemia y tienes dudas sobre el procedimiento? Sube tu multa y te decimos gratis si la tuya tiene el mismo punto débil.

Comentarios 0

  • Sé el primero en comentar.

Deja tu comentario

Sé respetuoso. Los comentarios son públicos y pueden moderarse.

Sigue leyendo

¿Tu multa se parece a esta?

Súbela y te decimos gratis si es recurrible. Solo pagas si es viable.

Analiza tu multa gratis →